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Guía sobre el tratamiento del IVA en las conversiones de propiedades

Las conversiones de propiedades ofrecen oportunidades únicas para obtener un trato preferencial del IVA bajo ciertas condiciones. Si bien las obras de construcción suelen tener un tipo impositivo estándar a efectos del IVA, ciertos tipos de conversiones o renovaciones de propiedades pueden optar a tipos reducidos o incluso a un tipo cero. Este artículo se centra en las implicaciones del IVA para las conversiones de propiedades, específicamente en virtud de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido de 1994 (VATA 1994).

Es importante tener en cuenta que un "edificio" también puede referirse a "parte de un edificio", y que servicios como el diseño arquitectónico y la topografía suelen estar sujetos a normas. Todas las referencias aquí se hacen a la Ley de Impuestos sobre la Venta (IVA) de 1994, salvo indicación contraria.

Definición de conversión y construcción

Una "conversión" se produce cuando parte de una estructura existente se incorpora a la nueva construcción. Esto contrasta con la "construcción", donde la nueva estructura no utiliza ninguna parte sobre los cimientos de un edificio existente. Se exceptúan los muros medianeros o fachadas con retención ( como se describe en el Aviso 708, secciones 3.2.3 y 3.2.4), lo cual no excluye la posibilidad de considerar la obra como construcción.

Conversiones residenciales

Para una "conversión admisible", se puede aplicar un tipo reducido de IVA a los servicios admisibles, como se describe en el Anexo 7A, Grupo 6. Los servicios admisibles, definidos en la Nota 11, abarcan en general las obras relacionadas con la estructura del edificio y los servicios asociados (por ejemplo, agua, electricidad y calefacción). Además, los materiales de construcción suministrados por quien presta estos servicios también pueden tener un tipo reducido, siempre que estén incorporados al edificio.

Tres tipos de conversiones calificadas:

  1. Número modificado de viviendas unifamiliares: una conversión en la que el número de viviendas unifamiliares después de la conversión difiere del número que había antes de la conversión.
  2. Casa en conversión de ocupación múltiple: una conversión en la que se crean viviendas de ocupación múltiple, pero no existía ninguna antes de la conversión.
  3. Reforma Residencial Especial: Una reforma en la que el edificio se destina a un uso residencial relevante tras la reforma y no se utilizaba previamente para dicho fin. Entre los usos residenciales relevantes se incluyen residencias de ancianos, hogares infantiles y hospicios (según se definen en la Nota 6).

Ejemplo 1: Cambio en el número de viviendas

Annette transforma un edificio de seis apartamentos en uno de tres. Dado que el número de viviendas ha cambiado, se considera una transformación que cumple los requisitos.

Ejemplo 2: Conversión de ocupación múltiple

Benedict transforma un pequeño almacén en dos apartamentos, creando viviendas multiocupadas donde antes no existían. Esto se considera una conversión multiocupada.

Ejemplo 3: Conversión residencial especial

Chloe compra una fábrica y la convierte en una residencia para personas en recuperación de drogodependencias. Dado que la conversión es para un fin residencial relevante, el constructor de Chloe puede aplicar el tipo reducido de IVA, siempre que se emita un certificado que confirme el uso previsto.

Renovaciones de edificios vacíos

También se aplican tipos reducidos de IVA a las renovaciones de inmuebles que hayan estado desocupados durante al menos dos años (Anexo 7A, Grupo 7). Los requisitos para los servicios que cumplen los requisitos son similares a los de las reformas residenciales (Nota 5). El tipo reducido se aplica a inmuebles utilizados anteriormente como vivienda o para fines residenciales relevantes, siempre que se presente un certificado que confirme su uso previsto.

Ejemplo 4: Renovación de una propiedad vacía

Diana renueva una vivienda de usos múltiples que lleva desocupada más de dos años, según consta en los registros del impuesto municipal. Su constructora puede aplicar el tipo reducido de IVA, siempre que la propiedad permanezca desocupada durante la reforma.

Conversiones para Asociaciones de Vivienda

Si bien la mayoría de las conversiones se benefician del tipo reducido del IVA, las conversiones realizadas para asociaciones de vivienda pueden estar sujetas al tipo cero (Anexo 8, Grupo 5). Esto aplica cuando un edificio no residencial se convierte en viviendas o para fines residenciales relevantes. El suministro debe realizarse a una asociación de vivienda, según se define en la Nota 21. Los materiales de construcción incorporados durante la conversión también estarán sujetos al tipo cero. A estos efectos, se consideran edificios no residenciales aquellos que no se utilizan como viviendas ni para fines residenciales relevantes durante al menos 10 años (Nota 7A).

Sin embargo, los subcontratistas no califican para la calificación cero ya que prestan sus servicios al contratista, no directamente a la asociación de vivienda.

Materiales de construcción y tratamiento del IVA

Los artículos incorporados a un edificio durante una transformación generalmente siguen el tratamiento de IVA del servicio principal, siempre que se consideren «materiales de construcción» (Anexo 8, Grupo 5, Notas 22 y 23, y Aviso 708, sección 13). Los materiales no calificados deben estar sujetos a la tasa estándar.

Conclusión

El tratamiento del IVA para las conversiones de propiedades puede ser complejo, especialmente cuando solo se trata de una parte del edificio. Para más información, consulte el Aviso de IVA 708, que ofrece una guía completa sobre el tema.

Para obtener más información, puede consultar la guía oficial sobre el IVA en el Aviso 708 de HMRC y la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado de 1994.

Si desea obtener más información sobre cómo podemos ayudarle con este asunto, contáctenos: Impuestos para propietarios del Reino Unido

Simón Thandi

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