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Una breve guía sobre las hipotecas sharia

En los últimos años, las finanzas islámicas han ganado popularidad a medida que más musulmanes optan por invertir su dinero según sus creencias religiosas. Esto es especialmente evidente en el caso de la financiación de viviendas, donde muchos musulmanes optan por hipotecas que cumplen con la sharia.

 

Para cumplir con la ley islámica, estas hipotecas no pagan ni reciben intereses (riba). En cambio, las hipotecas que cumplen con la sharia utilizan estructuras de financiación alternativas que permiten a los musulmanes comprar viviendas sin comprometer sus creencias religiosas. En este artículo, analizaremos cómo funcionan las hipotecas sharia, qué son y por qué son una opción tan importante para los compradores de vivienda musulmanes.

 

¿Qué es una hipoteca Sharia?

 

Como tipo de financiación de vivienda, las hipotecas sharia, también conocidas como hipotecas sharia o hipotecas islámicas, se rigen por la ley islámica. El pago o cobro de intereses (conocido como riba en la ley islámica) está prohibido por la ley islámica, ya que se considera usura. Por consiguiente, los productos hipotecarios tradicionales no se consideran sharia, ya que cobran intereses sobre el monto prestado.

 

Cabe destacar que los bancos e instituciones financieras islámicas ofrecen un tipo de financiamiento conocido como Murabaha, una alternativa que cumple con la sharia. Como parte de una transacción Murabaha, el banco compra la propiedad y luego la vende al comprador a un precio más alto, reembolsando el costo de la propiedad en un plazo determinado. Con este método, el banco puede obtener una ganancia en la transacción sin tener que cobrar intereses.

 

Otro tipo de financiación disponible que cumple con la sharia se conoce como ijara. Durante una transacción de ijara, el banco compra la propiedad en cuestión y la arrienda al comprador por un período determinado, con la opción de comprarla al final del arrendamiento. Una parte del precio de compra, además del alquiler, se incluye en los pagos mensuales del comprador.

 

Como resultado de las hipotecas de la Sharia, los musulmanes pueden obtener una propiedad con la ayuda de estas hipotecas sin romper ninguna de sus creencias religiosas.

 

Musharaka y Musharaka decreciente

 

Musharaka es una asociación entre el banco y el comprador para adquirir una propiedad. Ambas partes aportan fondos para la compra de la propiedad. Existe una propiedad compartida entre el banco y el comprador.

 

Existe una variante de Musharaka conocida como Musharaka decreciente, también conocida como copropiedad de saldo decreciente. En este tipo de financiación, cada parte posee una parte de la propiedad, y el comprador va comprando gradualmente la participación del banco. A diferencia del Musharaka, la participación del banco disminuye con el tiempo, mientras que la del comprador aumenta.

 

Tenga en cuenta que si está considerando solicitar una hipoteca sharia, podría estar sujeto a criterios de elegibilidad y requisitos diferentes a los de una hipoteca tradicional. Por ejemplo, la propiedad debe cumplir ciertos criterios para ser considerada conforme a la sharia, como que no pueda utilizarse para actividades prohibidas (como la venta de alcohol). Además, las hipotecas islámicas pueden requerir un depósito más alto y tener comisiones más altas que las hipotecas tradicionales.

 

¿Cómo funciona una hipoteca Sharia?

 

Existen varias diferencias entre una hipoteca sharia y una hipoteca tradicional. A continuación, se presenta un resumen de su funcionamiento habitual:

 

  • Una vez que el comprador identifica la propiedad que desea comprar, se acerca a un banco o institución financiera islámica que ofrece opciones de préstamos hipotecarios que cumplen con la Sharia.
  • El banco y el comprador acuerdan una estructura de financiación conforme a la Sharia. 
  • Una vez acordado el acuerdo de la estructura de financiamiento, el banco comprará la propiedad en nombre del comprador, utilizando sus propios fondos para hacerlo.
  • Es entonces el trabajo del banco vender la propiedad al comprador al precio acordado, que incluye el costo de la propiedad así como el margen de ganancia del banco en la venta.
  • Según la estructura de financiación acordada, el comprador paga al banco una cantidad fija mensualmente durante un plazo predeterminado. Los pagos pueden estructurarse como alquiler (en el caso de una ijara) o a plazos (en el caso de una Murabaha).
  • El comprador de la propiedad asume la plena propiedad de la misma después de haber realizado todos los pagos requeridos.

Si este artículo le resultó informativo, ¿por qué no lee a continuación nuestra guía sobre propiedad en copropiedad o consideraciones para transferir propiedad a una sociedad limitada ?

Simón Thandi

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