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¿Cuántos años debo declarar en una campaña de alquiler de propiedades?

“¿Podemos declarar solo los últimos seis años?” Esta es una de las preguntas más frecuentes de los propietarios que tienen ingresos por alquiler no declarados, y la respuesta en casi todos los casos es no.

El malentendido suele surgir debido a la combinación de dos factores distintos: los plazos legales dentro de los cuales la Hacienda Pública puede calcular los impuestos y una práctica independiente, a su discreción, denominada «restitución voluntaria». Ambos funcionan de manera muy diferente, y confundirlos puede dar lugar a una declaración incompleta.

Los plazos legales: por qué seis años no es automático

El plazo durante el cual un arrendador debe declarar sus ingresos está determinado por la Ley de Administración Tributaria de 1970. Si usted ha tenido cuidado de mantener sus asuntos fiscales en orden, pero aun así ha pagado menos impuestos de los debidos, el artículo 34 establece para la Hacienda Pública un plazo estándar de cuatro años. Si el pago de impuestos fue negligente, el artículo 36 amplía este plazo a seis años, y si fue deliberadamente o si el arrendador no notificó los ingresos a la Hacienda Pública, el plazo se extiende a veinte años.

La guía proporcionada por HMRC en su Campaña de Alquiler de Propiedades establece que si un arrendador se registró a tiempo para la autoliquidación y actuó con la debida diligencia, solo tendría que considerar los últimos cuatro años. Si, por negligencia, el período en cuestión sería de seis años, no obstante, en el caso de un arrendador que nunca se registró ni informó a HMRC sobre sus ingresos, se aplica la norma de 20 años por "falta de notificación". No se puede acceder a los períodos más cortos simplemente porque seis años sea la cifra más citada.

El contribuyente no tiene derecho a reducir el período de declaración y, según nuestra experiencia, HMRC solo lo considerará si el contribuyente ya ha presentado declaraciones de impuestos para esos años. Si HMRC cree que usted se registró para la autoliquidación a tiempo y presentó sus declaraciones de impuestos, pero aun así pagó menos de lo debido por descuido o por no haber pagado la cantidad correcta, le pedirán que declare solo los últimos 4 o 6 años. Esta opción no es algo que usted pueda seleccionar.

Si nunca se ha registrado para la autoliquidación de impuestos, estará sujeto a la norma relativa a la falta de declaración durante un período de 20 años, y la Hacienda Pública le exigirá que declare todos sus ingresos, desde la fecha en que comenzó a percibirlos. De hecho, la guía de la Hacienda Pública indica que debe «incluir en su declaración todos los ingresos que no haya comunicado previamente a la Hacienda Pública».

Nuestra experiencia con HMRC

A lo largo de los años, hemos realizado un gran número de declaraciones de la Campaña de Alquiler de Propiedades con un 100 % de éxito. En solo uno o dos casos, la Hacienda Pública ha solicitado a sus clientes que declaren únicamente las cifras de los últimos 4 o 6 años. Esto es la excepción, no la regla.

  • Determine cuál de los plazos se aplica primero; la duración de la divulgación, ya sea de 4, 6 o 20 años, depende de su historial de presentaciones y conducta de conformidad con las secciones 34 y 36 de la TMA 1970, no de una presunción general.
  • No prepare una declaración basada en la restitución voluntaria; si da por sentado que HMRC lo permitirá, corre el riesgo de presentar una declaración incompleta e incurrir en sanciones más elevadas.
  • Desde el principio, debe proporcionar una declaración completa. Dado que HMRC rara vez concede periodos reducidos, lo más recomendable es realizar una declaración completa para todo el periodo exigido por ley. HMRC le informará si cumple con los plazos que le permiten declarar únicamente los últimos 4 o 6 años.

La opción más segura es realizar una declaración completa y precisa a HMRC.

Chris Carter

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